lunes, 20 de julio de 2015

<p>Un total de 56 aspirantes para el cargo de Secretario(a) Ejecutivo (a) del Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo   presentaron sus documentos, así lo informó  la Comisión de Selección del nuevo Secretario Ejecutivo, durante una reunión sostenida el día de hoy,  20 de julio de 2015.   </p>

Un total de 56 aspirantes para el cargo de Secretario(a) Ejecutivo (a) del Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo   presentaron sus documentos, así lo informó  la Comisión de Selección del nuevo Secretario Ejecutivo, durante una reunión sostenida el día de hoy,  20 de julio de 2015.   

La Comisión de Selección,  informó que para la escogencia del nuevo secretario(a) se cumplirá con el proceso de evaluación y se examinará que  cumplan  con los  requisitos, títulos académicos y experiencias laborales,  establecidos durante la convocatoria. Igualmente, se realizarán entrevistas exhaustivas,  con la intención de conocer la percepción y evaluación de cada participante, en temas relacionados a diálogo y concertación.

El Decreto Ejecutivo No. 854 del 24 de agosto de 2010, establece en su artículo 12,  las responsabilidades del Secretario Ejecutivo entre estas se destacan, las siguientes:

  • Apoyar al Consejo en sus responsabilidades básicas de seguimiento de los Acuerdos de la Concertación, de información a la ciudadanía, y de diálogo y concertación sobre problemas específicos.
  • Supervisar y dirigir el trabajo de la Unidad Técnica Administrativa del Consejo de Concertación para el Desarrollo.
  • Asegurar el óptimo uso de los recursos humanos, financieros, técnicos y materiales del Consejo de Concertación para el Desarrollo.
  • Hacer propuestas al Consejo para mejorar su operatividad y funcionamiento.
  • Presentar al Consejo el programa anual de trabajo, la propuesta de presupuesto de funcionamiento y monitorear su ejecución.
  • Representar al Consejo de la Concertación en el Mecanismo de Verificación y Seguimiento de los Acuerdos, y de conformidad con los artículos 6 y 7 de la Ley 20 2008 hacer las recomendaciones y sugerencias que faciliten el cumplimiento de esos Acuerdos.
  • Facilitar los canales de comunicación y consulta que permitan el fortalecimiento de los Acuerdos de la Concertación.
  • Y otras que le asigne el Consejo de Concertación Nacional para el Desarrollo, ligadas al cargo.

 

La Comisión de Selección está conformada por  las siguientes organizaciones: Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), Consejo Nacional de Trabajadores Organizados (Conato), Organizaciones de Mujeres, Gobiernos Locales, Partidos Políticos, Consejo de  Contraloría de Salud y Clubes Cívicos.